GRUPO TASVALOR, S. A., dando respuesta a las exigencias de la Orden ECO/734/2004 de 11 de Marzo sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente en las entidades financieras , dispone del Servicio de Atención al Cliente al que pueden dirigirse los clientes o usuarios de servicios de tasación que deseen expresar una queja o reclamación.
Los clientes de GRUPO TASVALOR, S. A. tienen derecho a presentar, de forma gratuita, quejas o reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente sobre las materias y con sujeción a las normas establecidas en el Reglamento para la Defensa del Cliente, dado que este servicio tiene la función de atender y resolver las quejas y/o reclamaciones que sus clientes presenten, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, derivados de los contratos de servicios concertados con GRUPO TASVALOR, S. A., de la normativa de transparencia y protección de la clientela o buenas prácticas y del principio de equidad.
La tramitación de quejas o reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente y el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones de Banco de España, es incompatible con cualquier otra vía que implique un procedimiento judicial o administrativo; y el trámite de presentación de una queja o reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente es previo y obligatorio para poder presentarla ante el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones de Banco de España.
Las quejas o reclamaciones deberán presentarse, personalmente o mediante representación acreditada, por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente en la dirección:
O bien, por medios informáticos en la dirección sac@grupotasvalor.es ajustándose a los requisitos previstos en la Ley 59/2003 de 19 de diciembre , de firma electrónica.
GRUPO TASVALOR, S. A. resolverá las quejas recibidas en el plazo de dos meses desde su presentación en el Servicio de Atención al Cliente y siempre que se formulen conforme a lo establecido en el Reglamento para la Defensa del Cliente de GRUPO TASVALOR, S. A. .
En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento del Servicio de Atención al Cliente, el reclamante podrá acudir al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones de Banco de España, cuyos datos se relacionan a continuación:
O bien, por medios telemáticos en la Oficina Virtual de Reclamaciones de Banco de España.
Para regular la actividad del Servicio de Atención al Cliente, preservar la confianza de nuestros clientes y ofrecerles un nivel de protección adecuado, que solucione las quejas y reclamaciones de la manera más satisfactoria posible, el Consejo de Administración de GRUPO TASVALOR, S. A. ha aprobado el vigente Reglamento para la Defensa del Cliente .
Relación de disposiciones legales que regulan la transparencia y protección del cliente de servicios financieros, ordenadas por la fecha de publicación en el B.O.E.:
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